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Botazo militar habilitante



José Rafael López Padrino

El adefesio de reforma constitucional propuesto por el tte coronel no avanzó porque, la mayoría de los venezolanos dijo No el pasado 2D. En dicho proceso, el centauro de Sabaneta sufrió su primera gran derrota electoral y evidenció la perdida de su liderazgo en el pueblo venezolano. Sin embargo, buena parte de los cambios rechazados el pasado 2D han sido impuestos, gracias a que la Asamblea Nacional abdicó su razón de ser transfiriendo su función legisladora al jefe máximo durante 18 meses a través de una Ley Habilitante. El contenido de estas leyes se estableció sin debate alguno, sin participación ciudadana. Solo los los postrados miembros del Consejo de Ministros y los amanuenses más cercanos al líder del proceso tuvieron oportunidad de discurtilas.

Este botazo militar demuestra una vez más el carácter cuartelario del régimen. Se trata de un autoritarismo, de tratar de imponer a trocha y mocha la idea de transformar al país en una gran guarnición militar, en contra de los deseos de la mayoría de los venezolanos. Este golpe de Estado lamentablemente se ha producido gracias a la cabronería y sumisión del Tribunal Supremo de Justicia quien le confirió constitucionalidad, como leyes orgánicas, a siete de los 26 decretos con fuerza de ley decididos unilateralmente por el tte coronel, justo antes de que venciera la Ley Habilitante (Fuerza Armada Nacional Bolivariana; Seguridad y Soberanía Agroalimentaria; Ordenación y Desarrollo del Territorio; Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales; Administración Pública; Sistema Financiero Público y Consejo Superior Financiero; y Espacios Acuáticos).

Entre las muchas leyes aprobadas por la vía habilitante, cabe destacar, la reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública, la cual en su artículo 70 indica:
La Presidenta o Presidente de la República podrá designar autoridades regionales, las cuales tendrán por función la planificación, ejecución, seguimiento y control de las políticas, planes y proyectos de ordenación y desarrollo del territorio aprobados conforme a la planificación centralizada, así como las demás atribuciones que les sean fijadas de conformidad con la ley, asignándoles los recursos necesarios para el eficaz cumplimiento de su objetivo.
Obviamente la misma constituye una reedición de las vicepresidencias regionales, lo que atenta contra la autonomía de los gobiernos regionales y locales, transformando a los gobernadores y alcaldes electos popularmente en verdaderos relegados carentes de poder político y económico.

Igualmente fue aprobada la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la cual autoriza la creación de la Milicia Nacional como un nuevo cuerpo, la cual estará al servicio exclusivo del inquilino de Miraflores, y modifica el nombre de la institución agregándole el adjetivo bolivariana. Esta Milicia Nacional o Guardia Pretoriana del tte coronel, seguramente se destinará a reprimir la disidencia interna, así como a garantizar la continuidad del proyecto capitalista explotador.

Estas nuevas leyes no constituyen decretos distraccionistas, como algunos ilusos han afirmado. Se trata de una reforma constitucional de facto, realizada a través de las Leyes aprobadas subrepticiamente el último día de vigencia de la Ley Habilitante. Constituyen los instrumentos jurídicos a través de los cuales se institucionaliza el proyecto autoritario a semejanza de los dictadores africanos del pasado y del presente. No olvidemos que los Estados fascistas no reconocen limitación alguna que restrinja las pretensiones hegemónicas del líder por controlar todos los aspectos de la vida nacional. En definitiva, el socialmilitarismo del siglo XXI, marcha de acuerdo a la voluntad del nuevo mesías caribeño con el apoyo irrestricto de los abyectos del PSUV y demás mujiquitas que reptan a su alrededor.


Las 26 leyes del 31 de Julio de 2008


Un grupos de estudiantes de derecho de la UCV han puesto a disposición pública una versión digitalizada de los textos de ley.

Gaceta Oficial # 5889:


- Ley de Turismo
- Ley de Transporte Ferroviario
- Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
- Ley del Régimen Prestacional de Vivienda
- Ley de Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios


Gaceta Oficial #5890:

- Ley de los Espacios Acuáticos
- Ley de Recursos Excedentarios
- Ley de Salud Agrícola Integral
- Ley de Fomento y Desarrollo de la Economía Popular
- Ley del Bandes
- Ley de Supresión y Liquidación de FONCREI
- Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social
- Ley de la Administración Pública
- Reestructuración del INAVI
- Ley de Crédito para el Sector Agrario

Gaceta Oficial # 5891:

- Ley de Canalización y Mantenimiento de las Vías de Navegación
- Ley de la Administración Financiera del Sector Público
- Ley de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
- Ley de Beneficios y Facilidades de Pago de Rubros Estratégicos de Alimentación
- Ley del Banco Agrícola de Venezuela
- Ley de Seguridad Social
- Ley del Seguro Social
- Ley de Simplificación de Trámites Administrativos

Gaceta Oficial #5892:

- Ley del INAVI
- Ley de la Procuradoría General de la República
- Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras
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http://www.zshare.net/download/165228736e6be1a7/

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Rapidshare:

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Filefactory: Dénle en la opción 2 en el link que dice Download with FileFactory Basic.

http://www.filefactory.com/file/52a45c/n/GOE_N5_889_pdf">GOE_N5.889.pdf

http://www.filefactory.com/file/0b672f/n/GOE_N5_890_pdf">GOE_N5.890.pdf

http://www.filefactory.com/file/4014d0/n/GOE_N5_891_pdf">GOE_N5.891.pdf

http://www.filefactory.com/file/f35cf3/n/GOE_N5_892_pdf">GOE_N5.892.pdf


Información, cortesía de Carlos Nieto Palma

Chávez Retracts New Spy Law



Hmm, now why is he backtracking? Any one dares to guess? The international outcry along with concerns raised by Venezuelan NGOs, Human Rights Groups and regular citizens about the law's disregard for citizens' rights and freedoms seemed to have had an impact on his decision to retract (at least, that's what we would like to think).

Now he's promising a new, revised, cleaner version, one that respects civil liberties. Yeah, right, who knows... Is he going to remove one clause, two clauses, three clauses? Will that make it constitutional? What difference does it make, anyway? And who is going to be part of that commission which supposedly will rewrite the law? Are they going to listen to the objections made by civil society? We'll see, but for now, listen to the masters voice:





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Photo licensed under Creative Commons. by Sean McNamara

Sello Nazi-fascista

Por José Rafael López Padrino

Sin mayor publicidad el régimen aprobó (5-28-08) en el marco de la Ley habilitante, uno de los instrumentos legales más nefastos y peligrosos para la sociedad venezolana en los últimos tiempos de Historia Republicana. Se trata de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, recurso jurídico de carácter nazifascista orientado a reprimir a las corrientes de la disidencia política, a los movimientos sociales y gremiales, a las organizaciones no gubernamentales, en fin a todos los ciudadanos que no se identifiquen con el proyecto cuartelario del tte coronel. Se avanza en la militarización de la sociedad, y en la creación de un Estado policial de mutua sospecha, basado en el terror policial, en las denuncias sin rostro, y en la limitación a los derechos fundamentales de los ciudadanos venezolanos.

Con la aprobación de este instrumento nazi-fascista, bajo la excusa de la seguridad nacional o seguridad de la patria, se consolida una guerra de baja intensidad orientada: a establecer un control sobre la población (todo ciudadano es una amenaza), a criminalizar cualquier tipo de disidencia, y a crear la figura del enemigo interno. Es la reivindicación de la Doctrina de la Seguridad Nacional, sostén ideológico de las dictaduras militares en América Latina durante las décadas de 1960 y 1970. Este bodrio de Ley, es equivalente en grado de perversidad a la Ley de Autorización sancionada durante el mandato de Hitler o más recientemente la Ley Patriota aprobada por la administración Bush, la cual ha sido criticada por los voceros del oficialismo, pero que hoy asumen un silencio celestino.

Esta Ley institucionaliza la figura del delator (Art. 16) al señalar que todo ciudadano está en la obligación de dar información a los cuerpos de inteligencia y cooperar con ellos, sin que medie la actuación de un fiscal o un juez.

Pero más grave aún es el Artículo 20, el cual le da carácter probatorio a las informaciones y documentos inherentes a la seguridad y defensa, obtenidos por los esbirros del régimen en la actividad operativa y de investigación, lo cual vulnera principios constitucionales fundamentales establecidos en la Carta Magna vigente (Art. 49).

Pero si ello fuese poco, el artículo 21 de dicha Ley, prevé la confidencialidad o secreto de la prueba, por lo cual se puede proceder a su incorporación al expediente en la fase procesal sin conocimiento del indiciado. De igual manera y de acuerdo con el texto del artículo 28 de la ley, se enumeran las cargas civiles y penales que caerán sobre quienes publiquen o den a conocer por cualquier medio actividades, informaciones, documentos y objetos declarados como confidenciales o secretos.

En definitiva, con la aprobación de esta nueva Ley se coloca a la población en un estado de indefensión jurídica frente a un Estado opresor y se le da piso legal a las acciones represivas que puedan llevar a cabo los sicarios del régimen con el propósito de atemorizar y reprimir cualquier tipo de descontento frente a las políticas bonapartistas del tte coronel.

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