Botazo militar habilitante



José Rafael López Padrino

El adefesio de reforma constitucional propuesto por el tte coronel no avanzó porque, la mayoría de los venezolanos dijo No el pasado 2D. En dicho proceso, el centauro de Sabaneta sufrió su primera gran derrota electoral y evidenció la perdida de su liderazgo en el pueblo venezolano. Sin embargo, buena parte de los cambios rechazados el pasado 2D han sido impuestos, gracias a que la Asamblea Nacional abdicó su razón de ser transfiriendo su función legisladora al jefe máximo durante 18 meses a través de una Ley Habilitante. El contenido de estas leyes se estableció sin debate alguno, sin participación ciudadana. Solo los los postrados miembros del Consejo de Ministros y los amanuenses más cercanos al líder del proceso tuvieron oportunidad de discurtilas.

Este botazo militar demuestra una vez más el carácter cuartelario del régimen. Se trata de un autoritarismo, de tratar de imponer a trocha y mocha la idea de transformar al país en una gran guarnición militar, en contra de los deseos de la mayoría de los venezolanos. Este golpe de Estado lamentablemente se ha producido gracias a la cabronería y sumisión del Tribunal Supremo de Justicia quien le confirió constitucionalidad, como leyes orgánicas, a siete de los 26 decretos con fuerza de ley decididos unilateralmente por el tte coronel, justo antes de que venciera la Ley Habilitante (Fuerza Armada Nacional Bolivariana; Seguridad y Soberanía Agroalimentaria; Ordenación y Desarrollo del Territorio; Telecomunicaciones, Informática y Servicios Postales; Administración Pública; Sistema Financiero Público y Consejo Superior Financiero; y Espacios Acuáticos).

Entre las muchas leyes aprobadas por la vía habilitante, cabe destacar, la reforma de la Ley Orgánica de la Administración Pública, la cual en su artículo 70 indica:
La Presidenta o Presidente de la República podrá designar autoridades regionales, las cuales tendrán por función la planificación, ejecución, seguimiento y control de las políticas, planes y proyectos de ordenación y desarrollo del territorio aprobados conforme a la planificación centralizada, así como las demás atribuciones que les sean fijadas de conformidad con la ley, asignándoles los recursos necesarios para el eficaz cumplimiento de su objetivo.
Obviamente la misma constituye una reedición de las vicepresidencias regionales, lo que atenta contra la autonomía de los gobiernos regionales y locales, transformando a los gobernadores y alcaldes electos popularmente en verdaderos relegados carentes de poder político y económico.

Igualmente fue aprobada la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la cual autoriza la creación de la Milicia Nacional como un nuevo cuerpo, la cual estará al servicio exclusivo del inquilino de Miraflores, y modifica el nombre de la institución agregándole el adjetivo bolivariana. Esta Milicia Nacional o Guardia Pretoriana del tte coronel, seguramente se destinará a reprimir la disidencia interna, así como a garantizar la continuidad del proyecto capitalista explotador.

Estas nuevas leyes no constituyen decretos distraccionistas, como algunos ilusos han afirmado. Se trata de una reforma constitucional de facto, realizada a través de las Leyes aprobadas subrepticiamente el último día de vigencia de la Ley Habilitante. Constituyen los instrumentos jurídicos a través de los cuales se institucionaliza el proyecto autoritario a semejanza de los dictadores africanos del pasado y del presente. No olvidemos que los Estados fascistas no reconocen limitación alguna que restrinja las pretensiones hegemónicas del líder por controlar todos los aspectos de la vida nacional. En definitiva, el socialmilitarismo del siglo XXI, marcha de acuerdo a la voluntad del nuevo mesías caribeño con el apoyo irrestricto de los abyectos del PSUV y demás mujiquitas que reptan a su alrededor.


The autocrat of Caracas

The following is an excerpt of an article published in the The Economist print edition of Aug 7th 2008

Hugo Chávez tightens the state’s grip on politics and the economy

FOR much of the past eight months, since suffering defeat in a referendum on changing the constitution, Hugo Chávez has seemed to be on the defensive. Abroad, he repaired strained relations with Colombia’s president and with Spain’s King Juan Carlos. At home, he backpedalled on unpopular measures, such as a new socialist educational curriculum and a draconian intelligence law. He met local businessmen in June and urged them to invest, in the hope that increased production would damp inflation of over 30%. But with Mr Chávez moderation rarely lasts, and he has now veered left again.

On July 31st he announced that the government would buy the country’s third-biggest bank, Banco de Venezuela, owned by Spain’s Grupo Santander. Days later, the government published 26 decrees, many of which mimic the constitutional changes rejected in the referendum. Some of them will further tighten the state’s stranglehold on the economy.

Continued...

Declarada constitucionalidad del artículo 105 de la de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República


La sentencia aprobada por la mayoría de los integrantes de la Sala, contó con la ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales y el voto salvado del magistrado Pedro Rondón Haaz.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, declaró sin lugar el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto por la ciudadana Ziomara del Socorro Lucena Guédez, contra el artículo 105 de la Ley Orgànica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nª 37.347 del 17 de diciembre de 2001.


La Sala Constitucional declaró la constitucionalidad del mencionado artículo, que faculta a la Contraloría General de la República para declarar la responsabilidad administrativa de aquellos funcionarios públicos incursos en ilícitos administrativos en perjuicio de la cosa pública, así como para la imposición de multas de contenido económico y la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, cuando la gravedad de la falta así lo amerite.

La sentencia aprobada por la mayoría de los integrantes de la Sala, contó con la ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, y el voto salvado del magistrado Pedro Rondón Haaz.

El fallo judicial concluye que el procedimiento administrativo llevado por la Contraloría General de la República, para el establecimiento de la responsabilidad administrativa de los funcionarios públicos investigados, comprende tres etapas que GARANTIZAN EL DERECHO A LA DEFENSA Y EL DEBIDO PROCESO DE LOS IMPUTADOS; guardando así plena y efectiva compatibilidad con lo previsto en el artículo 49 constitucional.

Igualmente, asentó el fallo que la norma bajo análisis no puede reputarse como una “norma penal en blanco” como alegó la representación judicial de la recurrente la ciudadana Ziomara del Socorro Lucena Guédez, ; debido a que la garantía de la tipicidad está plenamente satisfecha, en virtud de que el propio texto legal cuestionado prevé los hechos y conductas acreedoras de sanciones.

Por otra parte, el fallo también aclara que la Contraloría General de la República no debe desarrollar otro procedimiento adicional para la imposición de las sanciones accesorias como la inhabilitación, esto debido a que, con el sano desarrollo del procedimiento principal – tendente a la comprobación de la responsabilidad administrativa del imputado- se garantizan los derechos que asisten a los funcionarios públicos cuestionados.

Es de resaltar que tampoco se ve afectado el principio non bis in idem, ya que no se trata de juzgar a un sujeto, en más de una oportunidad por una misma conducta, sino de establecer una pena accesoria como consecuencia de una sanción impuesta por un solo hecho, cuestión plenamente avalada constitucional y legalmente en nuestro ordenamiento jurídico.

Además, la sentencia aprobada por la Sala aclara que la previsión contenida en el artículo 65 constitucional no contiene una única modalidad de inhabilitación que coarte la posibilidad de que el legislador patrio establezca otras formas para sancionar y atacar los ilícitos administrativos; esto es, que puede la legislación establecer otros tipos de de inhabilitación administrativa por malos desempeños en la gestión pública.

Incluso, la Sala también conceptualiza que la disposición constitucional prevista en el artículo 42 de la Carta Magna, está circunscrito a los derechos relativos a la nacionalidad y a su pérdida o extinción, pero que en forma alguna condiciona las limitaciones legítimas que sobre el ejercicio de los derechos políticos, establezcan otros cuerpos legales como lo es el caso de la Ley Orgánica que regula a la Contraloría General de la República.

Con fundamento en las consideraciones expuestas en el fallo, la Sala concluye que la restricción de los derechos humanos pude hacerse conforme a las leyes que se dicten por razones de interés general, por la seguridad de los demás integrantes de la sociedad y por las justas exigencias del bien común, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 32.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Esta prescripción es en un todo compatible con lo dispuesto en los artículos 19 y 156, cardinal 32 de la Constitución Nacional. Lo previsto en el artículo 23.2 no puede ser invocado aisladamente, con base en el artículo 23 de la Constitución Nacional, contra las competencias y atribuciones del Poder Ciudadano.

Autor: PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación: 05/08/2008

Las 26 leyes del 31 de Julio de 2008


Un grupos de estudiantes de derecho de la UCV han puesto a disposición pública una versión digitalizada de los textos de ley.

Gaceta Oficial # 5889:


- Ley de Turismo
- Ley de Transporte Ferroviario
- Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
- Ley del Régimen Prestacional de Vivienda
- Ley de Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios


Gaceta Oficial #5890:

- Ley de los Espacios Acuáticos
- Ley de Recursos Excedentarios
- Ley de Salud Agrícola Integral
- Ley de Fomento y Desarrollo de la Economía Popular
- Ley del Bandes
- Ley de Supresión y Liquidación de FONCREI
- Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social
- Ley de la Administración Pública
- Reestructuración del INAVI
- Ley de Crédito para el Sector Agrario

Gaceta Oficial # 5891:

- Ley de Canalización y Mantenimiento de las Vías de Navegación
- Ley de la Administración Financiera del Sector Público
- Ley de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
- Ley de Beneficios y Facilidades de Pago de Rubros Estratégicos de Alimentación
- Ley del Banco Agrícola de Venezuela
- Ley de Seguridad Social
- Ley del Seguro Social
- Ley de Simplificación de Trámites Administrativos

Gaceta Oficial #5892:

- Ley del INAVI
- Ley de la Procuradoría General de la República
- Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras
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http://www.zshare.net/download/165228736e6be1a7/

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Rapidshare:

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Filefactory: Dénle en la opción 2 en el link que dice Download with FileFactory Basic.

http://www.filefactory.com/file/52a45c/n/GOE_N5_889_pdf">GOE_N5.889.pdf

http://www.filefactory.com/file/0b672f/n/GOE_N5_890_pdf">GOE_N5.890.pdf

http://www.filefactory.com/file/4014d0/n/GOE_N5_891_pdf">GOE_N5.891.pdf

http://www.filefactory.com/file/f35cf3/n/GOE_N5_892_pdf">GOE_N5.892.pdf


Información, cortesía de Carlos Nieto Palma

Where logic ends, Venezuela begins, Part 2


Breaking News: The mother of all logic busters was revealed yesterday! Where is the Guinness Book of Records when you need it! Get this: 26 law decrees are effective as of yesterday, just before the expiration date of the enabling law, and yet not a single soul in Venezuela, outside the upper echelons of government, knows its content. Wow! participatory democracy at work! That's a real Whopper, Chávez! Congratulations! We didn't see it coming!

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Where logic ends, Venezuela begins


Let's see, this could be an endless undertaking, but let's start with the following items and, please, do not hesitate to add to the list in the comments section. Surely, there must be something rotten in the state of the Bolivarian Revolution that must have caught your attention or have you lost your capacity for bewilderment? Let's begin, shall we?
  • A group of armed thugs call themselves a Collective.
  • Participatory Democracy means appointments from above.
  • A liter of gas is cheaper than a liter of bottled water.
  • The favorite pass time of Bolivarian Socialists is hitting the shopping malls.
  • In the land of 21st Century Socialism, General Motors sells Hummers like hot cakes.
  • Government policies favor cars over public transport.
  • Murders committed in the heat of passion are not counted officially as homicides.
  • Epidemic statistics are concealed to protect the public.
  • A veterinarian runs the Ministry of Culture.
  • A military guy runs the Ministry of Health.
And, last but not least, you could say a lunatic runs the country but that would be a cheap shot, would it not? More to come, stay tuned....

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El infierno de la Onidex



A propósito de nuestra campaña Solicitar el pasaporte venezolano en el extranjero, quisiéramos compartir con ustedes un artículo que publica hoy el periódico El Universal titulado Diligencia es igual a pesadilla. En dicho artículo se aborda el ya conocido tema del sufrimiento que significa solicitar un pasaporte a la Onidex y la corrupción que gira alrededor de los trámites públicos en Venezuela.

Como siempre los que tienen dinero le pagan a un gestor, aquellos que tienen privilegios de contactos en el sector público le piden el favor personal al contacto y el resto (que somos la mayoría) a sufrir parados, hora tras hora, haciendo colas interminables, a la merced de las arbitriedades de los llamados funcionarios públicos.

Nos preguntamos ¿Hasta cuando tienen los Venezolanos que sufrir ese flagelo y, sobre todo, porqué se lo calan?

Según el Universal:
...para el sociólogo Amalio Belmonte, Venezuela cuenta con una estructura burocrática institucional débil que facilita la multiplicación de la figura: Aquí el favor reemplaza a la norma.

Según Luis Ordóñez, experto en políticas públicas, la solución radica en la transparencia: Mientras más oscuros los requisitos, más dependerán las personas del funcionario y de toda la institucionalidad paralela. La información de cómo se realizan los trámites y en qué tiempo es fundamental, pero no siempre se facilita como debería...

Bueno y ni hablar de los consulados en el exterior, pero eso ya es tema para otro Post.

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Créditos:
Fotografía bajo licencia de Creative Commons de subpop77

¿Rectificaciones o reacomodos oportunistas?



por José Rafael López Padrino

Las contramarchas y retrocesos del régimen en la imposición de su proyecto militarista no son nada nuevo. Constituyen tácticas alternativas, desplegadas cada vez que las circunstancias políticas no son las más favorables y las alternativas planteadas no permiten alcanzar los objetivos trazados. Las últimas acciones del tte coronel evidencian una retirada coyuntural dada la pérdida de su popularidad, y el fracaso político y organizativo del PSUV en un escenario pre-electoral.

Ejemplos de estos retrocesos tácticos han sido el currículo bolivariano, la reforma del sistema de ingreso a las universidades, y la Ley de pesca, todos ellos en estado de hibernación hasta nuevo aviso. La suspensión de la represión policíaco-militar en contra de los trabajadores de SIDOR, cuya reculada condujo a la nacionalización de la empresa SIDOR que estaba en manos de la transnacional ítalo-argentina Ternium. Igualmente la suspensión de la decisión de Venezolana de Televisión de cobrar por la retransmisión de sus contenidos, así como la anulación de la rebaja de las tarifas del transporte público. Y más recientemente la derogación de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, mejor conocida coma la Ley Sapo. Obviamente, nadie se cree que tales retrocesos respondan al talante democrático del líder, comandante y presidente frente a las críticas recibidas y mucho menos a su capacidad y sabiduría, como lo afirmó recientemente uno de los actores de la masacre del Amparo, el hoy flamante Ministro del Interior Rodríguez Chacín.

Ahora ¿A que responde la derogación o suspensión de todas estas leyes y decretos? Son múltiples los factores, no necesariamente excluyentes, que han forzado estos mea culpa del bufón de Sabaneta. Primeramente, reflejan el debilitamiento político del susodicho para imponer unilateralmente su agenda autoritaria. Segundo, demuestran la importancia de la protesta popular en todas sus formas, como arma de lucha frente las medidas totalitarias del proyecto verde oliva, con bota y pistola. Tercero responden a un reacomodo oportunista del tte coronel ante un panorama electoral el cual no es el más promisor para él ni para sus pretensiones hegemónicas. Suficientes problemas ya agobian a su ineficiente administración (inflación galopante, escasez de alimentos y medicinas, desempleo, falta de seguridad personal, corrupción voraz, crisis médico-asistencial y educativa, etc.) para ahora imponer nuevas leyes y decretos antipopulares que puedan agravar aún más las perspectivas frente a la próxima consulta electoral. El tte coronel y los amanuenses del PSUV saben ciertamente, que una derrota en las próximas elecciones sería un cataclismo nacional e internacional para su proyecto socialmilitarista. Derrota que podría tener una gran incidencia en las elecciones parlamentarias del año 2009, y obviamente en las elecciones presidenciales del 2012.

En resumen, el régimen ha apelado a un repliegue táctico por ahora debido al agotamiento y comportamiento errático que acusa el proyecto cuartelario del tte coronel, y porque la protesta popular de calle ha sido ruidosa. No se trata de un cambio de rumbo y por ello no seria nada extraño que ante un hipotético triunfo electoral del oficialismo en el proceso eleccionario para elegir los Alcaldes y los Gobernadores, el régimen replantease a corto plazo la derrotada reforma constitucional del pasado 2D. Prueba anticipada de ello han sido las sumisas declaraciones de William Lara al confesar paladinamente que después de los comicios de Noviembre, replantearán el proyecto de reforma constitucional, con especial énfasis en el tema de la reelección indefinida del inquilino de Miraflores.

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Chávez Retracts New Spy Law



Hmm, now why is he backtracking? Any one dares to guess? The international outcry along with concerns raised by Venezuelan NGOs, Human Rights Groups and regular citizens about the law's disregard for citizens' rights and freedoms seemed to have had an impact on his decision to retract (at least, that's what we would like to think).

Now he's promising a new, revised, cleaner version, one that respects civil liberties. Yeah, right, who knows... Is he going to remove one clause, two clauses, three clauses? Will that make it constitutional? What difference does it make, anyway? And who is going to be part of that commission which supposedly will rewrite the law? Are they going to listen to the objections made by civil society? We'll see, but for now, listen to the masters voice:





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Photo licensed under Creative Commons. by Sean McNamara

Video: Ley de Inteligencia y Contrainteligencia en Venezuela, Part.1





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Resultados del cuestionario



Este cuestionario es ofrecido por Venered para ayudar a los Venezolanos en el exterior necesitados de pasaporte, para obtener las cifras de déficit de este documento.

Con esto, queremos dar inicio a una campaña de actualización de pasaportes a todo Venezolano residenciado en el exterior. También invitamos a unirte al grupo de Facebook Sacar el pasaporte Venezolano en el exterior.

Para más información leer en el Blog de Venered el artículo Consulados, consuelo de tontos y mal de muchos.

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Sello Nazi-fascista

Por José Rafael López Padrino

Sin mayor publicidad el régimen aprobó (5-28-08) en el marco de la Ley habilitante, uno de los instrumentos legales más nefastos y peligrosos para la sociedad venezolana en los últimos tiempos de Historia Republicana. Se trata de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, recurso jurídico de carácter nazifascista orientado a reprimir a las corrientes de la disidencia política, a los movimientos sociales y gremiales, a las organizaciones no gubernamentales, en fin a todos los ciudadanos que no se identifiquen con el proyecto cuartelario del tte coronel. Se avanza en la militarización de la sociedad, y en la creación de un Estado policial de mutua sospecha, basado en el terror policial, en las denuncias sin rostro, y en la limitación a los derechos fundamentales de los ciudadanos venezolanos.

Con la aprobación de este instrumento nazi-fascista, bajo la excusa de la seguridad nacional o seguridad de la patria, se consolida una guerra de baja intensidad orientada: a establecer un control sobre la población (todo ciudadano es una amenaza), a criminalizar cualquier tipo de disidencia, y a crear la figura del enemigo interno. Es la reivindicación de la Doctrina de la Seguridad Nacional, sostén ideológico de las dictaduras militares en América Latina durante las décadas de 1960 y 1970. Este bodrio de Ley, es equivalente en grado de perversidad a la Ley de Autorización sancionada durante el mandato de Hitler o más recientemente la Ley Patriota aprobada por la administración Bush, la cual ha sido criticada por los voceros del oficialismo, pero que hoy asumen un silencio celestino.

Esta Ley institucionaliza la figura del delator (Art. 16) al señalar que todo ciudadano está en la obligación de dar información a los cuerpos de inteligencia y cooperar con ellos, sin que medie la actuación de un fiscal o un juez.

Pero más grave aún es el Artículo 20, el cual le da carácter probatorio a las informaciones y documentos inherentes a la seguridad y defensa, obtenidos por los esbirros del régimen en la actividad operativa y de investigación, lo cual vulnera principios constitucionales fundamentales establecidos en la Carta Magna vigente (Art. 49).

Pero si ello fuese poco, el artículo 21 de dicha Ley, prevé la confidencialidad o secreto de la prueba, por lo cual se puede proceder a su incorporación al expediente en la fase procesal sin conocimiento del indiciado. De igual manera y de acuerdo con el texto del artículo 28 de la ley, se enumeran las cargas civiles y penales que caerán sobre quienes publiquen o den a conocer por cualquier medio actividades, informaciones, documentos y objetos declarados como confidenciales o secretos.

En definitiva, con la aprobación de esta nueva Ley se coloca a la población en un estado de indefensión jurídica frente a un Estado opresor y se le da piso legal a las acciones represivas que puedan llevar a cabo los sicarios del régimen con el propósito de atemorizar y reprimir cualquier tipo de descontento frente a las políticas bonapartistas del tte coronel.

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Patriot Act Times Ten


Last Wednesday a new intelligence law took effect in Venezuela. It had passed by presidential decree (via enabling law) and it makes the Patriot Act look pale in comparison. In an article poignantly entitled: Chávez's Patriot Act, Spanish newspaper El País comments on how Chávez's hatred for Bush doesn't seem to hold him back from copying some of the worst features the Empire of Evil has to offer. Even the New York Times decided to publish this bit of news on its front page: Chávez Decree Tightens Hold on Intelligence.

Without getting into the nitty-gritty of the legal text, it should be pointed out that you don't have to be a constitutional lawyer to realize that this is serious stuff indeed: Aside from being in clear violation of the Venezuelan Constitution of 1999, this law effectively suspends Due Process and promotes spying amongst citizens in the best tradition of totalitarian regimes. Even though Venezuelan and international Human Rights groups such as Human Rights Watch were quickly to react against the passing of this law, among the general population, the news doesn't seem to have sunk in just yet. Where is the Blogosphere when you need it?

To be continued...


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